marzo 20, 2026
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Por Redacción

Ciudad De México, 20 de marzo de 2026.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) exoneró definitivamente a Pío López Obrador de las acusaciones de financiamiento ilícito a favor del partido Morena, concluyendo que no existieron pruebas contundentes para sustentar los cargos. Esta resolución, emitida entre el 18 y 19 de marzo de 2026, pone fin a un proceso legal que se originó en agosto de 2020 tras la difusión de materiales videográficos donde se observaba al hermano del presidente Andrés Manuel López Obrador recibiendo sobres con efectivo.

El caso tuvo su origen en la publicación de videos grabados en 2015 en el estado de Chiapas, difundidos inicialmente por el periodista Carlos Loret de Mola a través del medio Latinus. En dichas imágenes se aprecia a Pío López Obrador recibiendo dinero en efectivo de David León Romero, mencionándose montos de 1 millón de pesos y 400 mil pesos. A pesar de esta evidencia visual, la magistrada Mónica Soto y el resto de la Sala Superior determinaron que los elementos presentados no fueron suficientes para configurar el delito de financiamiento ilícito conforme a la legislación electoral.

La trayectoria jurídica de este expediente incluyó múltiples instancias sin que se lograra una condena. El Instituto Nacional Electoral (INE) cerró su investigación en 2021 argumentando la prescripción de las faltas administrativas. Posteriormente, en octubre de 2022, la Fiscalía General de la República archivó el caso penal por falta de elementos para proceder. Pío López Obrador había impugnado las acusaciones ante el TEPJF desde octubre de 2020, manteniendo su postura de que no cometió ninguna falta o delito.

La resolución del tribunal contrasta con la interpretación de fuentes periodísticas que han enfatizado la existencia de la evidencia visual y la imposibilidad de rastrear el origen o destino final del dinero mostrado en las grabaciones. Sin embargo, para efectos legales, el TEPJF consideró que no se cumplió con el estándar de prueba requerido para establecer una responsabilidad sancionable en materia electoral.

Con este dictamen, se cierra definitivamente el capítulo legal abierto hace casi seis años, sin que se especificaran detalles sobre la hora exacta de la sesión del tribunal ni los argumentos técnicos precisos por los cuales los videos carecieron de valor probatorio determinante. Asimismo, la investigación actual no proporciona información sobre el estado de posibles demandas civiles por daños al prestigio que Pío López Obrador haya iniciado contra los difusores de los videos.

La exoneración ocurre en un contexto donde el presidente Andrés Manuel López Obrador ha defendido públicamente a su hermano desde 2020. La decisión del TEPJF elimina cualquier pendiente jurídico para Pío López Obrador relacionado con estos hechos, consolidando el archivo del caso tras pasar por las autoridades administrativas, penales y ahora electorales.

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