marzo 28, 2026
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Ciudad De México, 28 de marzo de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la empresa de entretenimiento Xcaret debe dejar de utilizar elementos de la cultura Maya en toda su publicidad mientras se resuelve el fondo del caso. Por una votación de siete a dos, los ministros aprobaron el proyecto de la ministra María Estela Ríos González, estableciendo una medida cautelar que frena el uso de la simbología indígena por considerar que la protección del patrimonio ancestral tiene mayor peso que el interés comercial.

El conflicto legal surgió después de que el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor) ordenara medidas cautelares para retirar contenidos publicitarios con elementos del patrimonio cultural Maya, tras una denuncia presentada por cuatro personas que se ostentaron como integrantes de dicha comunidad. Xcaret impugnó una multa argumentando contar con autorización del Gran Consejo Maya, entidad que firmó un acuerdo comercial con la empresa turística y presentó un escrito con 209 firmas de comisariados ejidales, alcaldes, delegados, subdelegados y jueces tradicionales apoyando la colaboración.

Un juzgado de distrito había concedido previamente una suspensión definitiva a Xcaret, permitiéndole continuar con el uso de los símbolos. Sin embargo, la SCJN revirtió esta decisión. En su argumento, la ministra María Estela Ríos González señaló que las empresas, aunque realicen inversiones que beneficien a las comunidades, no están facultadas para disponer indebidamente del patrimonio cultural de los pueblos indígenas ni del patrimonio de la nación.

La ministra Yasmín Esquivel fue una de las dos voces disidentes en la votación. Al manifestar su preocupación por la decisión asumida, estimó que con ello se estaba desconociendo la voluntad del Gran Consejo Maya, reconocido en las leyes de protección indígena desde 1998, quienes se benefician del acuerdo comercial entre la empresa y esa comunidad. Esquivel enfatizó la existencia del escrito con las 209 firmas de autoridades locales como prueba de dicho respaldo.

Con esta resolución, la máxima corte del país establece que, independientemente de cualquier autorización otorgada por grupos representativos, la salvaguarda del patrimonio cultural prevalece en este litigio. La medida cautelar obliga a la empresa a cambiar los elementos de su marca que aluden a la simbología Maya hasta que se emita una sentencia definitiva sobre la disputa entre los integrantes de la comunidad representados por Indautor y la corporación turística.

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